Lunes 3 de Enero


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Contribuciones Patronales. Nuevo régimen (ley 27.541)


Sumario

  • Deroga decretos 814/2001, 1009/2001 y art. 173 de la ley 27.430.
  • Modifica alícuota de contribuciones patronales con destino a los subsistemas de Seguridad Social regidos por leyes 19.032 (INSSJP), 24.013 (Fondo Nacional de Empleo), 24.241 (SIPA), 24.714 (Asignaciones familiares):
    • 20,40% para los empleadores pertenecientes al sector privado cuya actividad principal encuadre en el sector "Servicios" o en el sector "Comercio", siempre que sus ventas totales anuales superen los límites para la categorización como empresa mediana tramo 2 (Servicios $607.210.000 / Comercio $2.146.810.000)1;
    • 18% para los restantes empleadores pertenecientes al sector privado y entidades y organismos del sector público.
  • Mínimo no imponible sobre la que corresponde aplicar las respectivas alícuotas:
    • $7.003,68 mensualmente por cada trabajador. En casos de contratos a tiempo parcial se detraerá el proporcional.
    • $17.509,20, únicamente los empleadores comprendidos en el sector textil, confección, calzado y marroquinería; sector de servicios de salud; sector agrícola e industrial; y concesionarios de servicios públicos (art. 22, párrafos 6 y 7)
  • Adicionalmente, TODOS los empleadores que tengan una nómina de hasta 25 empleados gozarán de una detracción de $10.000 mensuales, aplicable sobre la totalidad de la base imponible.

“Doble Indemnización”. (Decreto 34/2019).


Se destacan a continuación algunos aspectos que han generado particular interés sobre la aplicación e interpretación del decreto 34/2019 que dispuso la conocida como “doble indemnización” para despidos sin causa ocurridos a partir del 13/12/2019.

  • ¿Puede absorberse por otros adicionales que abona la Empresa?
  • ¿Hasta cuándo hay que pagarlo?
  • ¿Debe pagársele al personal incorporado a partir de enero de 2020?
  • No, en la medida que se trate de conceptos abonados de forma normal y habitual.
  • Hasta tanto sea absorbido por aumentos paritario o voluntario acordados a partir de enero de 2020.
  • Si, el concepto debe estar detallado en su recibo de sueldo

Datos económicos




Expectativas





Quedamos a su disposición para cualquier aclaración.

Marcelo G. Aquino y M. Eugenia Ramírez






1 Resolución 220/2019 (Anexo IV) – Actualizado por art. 1 de la Resolución SEPYME 563/2019 (BO 10/12/2019)
2 INDEC: Informes Técnicos, vol. 4 nº 7. Índice de precios vol. 34 nº 1. “Índice de precios al consumidor (IPC)). Diciembre 2019.
3INDEC: Informes Técnicos, vol. 3 nº 232. Trabajo e ingresos vol. 3 nº 7 Tercer Trimestre 2019.
4INDEC: Informes Técnicos, vol. 4 nº 16. Cuentas Nacionales vol. 4 nº 2. “Estimado mensual de actividad económica”. Noviembre 2019.
5INDEC: Informe Técnico, vol. 3 nº 228. Cuentas Nacionales vol. 3 nº22. “Informe avance del nivel de actividad” Tercer trimestre 2019.
6 INDEC: Informes Técnicos, vol. 4 nº 7. Índice de precios vol. 34 nº 1. “Índice de precios al consumidor (IPC)). Diciembre 2019.
7Resolución 6/2019 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.
8Informe publicado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social – Estudios y Estadísticas Laborales – Informe sobre la situación y evolución del trabajo registrado (SIPA Oct/2019) – Salarios correspondientes a los asalariados del sector privado.
9 Respecto a diciembre/19. Centro de Investigación en Finanzas. Universidad Torcuato Di Tella. Enero 2020.
10Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) –diciembre 2019-. BCRA
11Idem Nota 10

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"Ley 26.773. Una primer aproximación a la reforma al régimen de riesgos del trabajo"
Marcelo Aquino, Trabajo y Seguridad Social, 2012, pág. 849.

“Personal fuera de convenio. Acerca del proyecto de ley que fija su salario de acuerdo al del personal bajo convenio”
Marcelo Aquino, Nota de actualidad, diciembre de 2013, Errepar.

“Negociación Colectiva. Revisión de los últimos 40 años”
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“Huelga y Lock out en los servicios esenciales”
Marcelo Aquino, Ponencia oficial en las XIX Jornadas Rioplatenses de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (mayo de 2015).